Los funcionarios públicos en España reciben dos pagas extraordinarias al año, una en junio y otra en diciembre. Estas pagas extras se suman al salario ordinario y representan una parte importante de la retribución anual de los empleados públicos. En esta guía, te explicamos en detalle qué son, cómo se calculan, qué conceptos las componen y cómo han evolucionado en los últimos años.

Índice del artículo

  1. ¿Qué es la paga extra de los funcionarios?
  2. Cuándo se cobran las pagas extraordinarias
  3. ¿Cuánto se cobra en la paga extra de los funcionarios?
  4. Pagas extra en Cataluña y otras Comunidades Autónomas
  5. Preguntas frecuentes (FAQs)

1. ¿Qué es la paga extra de los funcionarios?

La paga extraordinaria es una remuneración adicional que los funcionarios públicos perciben dos veces al año, generalmente en los meses de junio y diciembre. Estas pagas están reguladas por la Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) y son un derecho reconocido en la legislación laboral de los empleados públicos.

A diferencia de la paga mensual ordinaria, la paga extra no incluye todos los complementos salariales, por lo que su importe suele ser inferior a la mensualidad completa.

2. ¿Cuándo se cobran las pagas extraordinarias?

Las dos pagas extras de los funcionarios se cobran en los siguientes periodos:

  • Paga extra de junio: Se abona a finales de junio y corresponde al periodo trabajado entre el 1 de diciembre y el 31 de mayo.
  • Paga extra de diciembre: Se abona a finales de diciembre y corresponde al periodo trabajado entre el 1 de junio y el 30 de noviembre.

¿Qué pasa si no se ha trabajado todo el periodo?
Si un funcionario se incorpora después del inicio del periodo de devengo (por ejemplo, en enero o julio), la paga extra se proporcionaliza en función del tiempo trabajado.

3. ¿Cuánto se cobra en la paga extra de los funcionarios?

El importe de la paga extraordinaria varía según el grupo o subgrupo al que pertenezca el funcionario y los complementos asociados a su puesto.

3.1. Composición de la paga extra

La paga extra de los funcionarios no se corresponde con una mensualidad completa. Los conceptos que se incluyen son los siguientes:

  • Sueldo base: Este importe varía según el grupo profesional al que pertenece el funcionario (A1, A2, C1, C2, etc.).
  • Antigüedad (trienios): Por cada 3 años de servicio, el funcionario recibe una retribución adicional.
  • Complemento de destino: Depende del nivel del puesto que ocupa el funcionario.
  • Complemento específico: Vinculado a las características particulares del puesto, aunque no siempre se incluye en la paga extra.

Conceptos que no se incluyen

  • Complementos de productividad: No se abonan en la paga extra, ya que están vinculados al rendimiento.
  • Complementos específicos completos: En la mayoría de los casos, solo se percibe una parte de este complemento.

3.2. Cálculo de la paga extra

El cálculo de la paga extra se basa en la suma de los conceptos mencionados (sueldo base, trienios, complemento de destino y parte del complemento específico).

Ejemplo de cálculo de la paga extra para 2024 (aproximado)

Grupo/Subgrupo Sueldo base (€) Trienios (€) Complemento destino (€) Total aproximado (€)
A1 1.299,33 46,65 500 – 1.000 1.846,98 – 2.346,98
A2 1.103,65 39,63 400 – 800 1.543,28 – 1.943,28
C1 893,67 33,26 300 – 700 1.226,93 – 1.626,93
C2 757,78 28,21 200 – 500 986,79 – 1.286,79

Nota: Los valores pueden variar en función de los Presupuestos Generales del Estado (PGE) y de la comunidad autónoma donde trabaje el funcionario.

4. Pagas extra en Cataluña y otras Comunidades Autónomas

En algunas Comunidades Autónomas existen particularidades en la gestión de las pagas extras.

Cataluña

  • En Cataluña, los funcionarios han tenido que recuperar las pagas extras no abonadas en los años de crisis económica (2012, 2013 y 2014).
  • Las devoluciones de esas pagas se realizaron de forma fraccionada, con los últimos pagos efectuados entre 2020 y 2021.

Otras Comunidades Autónomas

  • Algunas comunidades incluyen ciertos complementos específicos en la paga extra, mientras que en otras se excluyen.
  • La cuantía de la paga extra puede diferir según la Administración General del Estado (AGE), comunidades autónomas o entidades locales.

5. Preguntas frecuentes (FAQs)

1. ¿Cuántas pagas extras reciben los funcionarios al año?
Los funcionarios públicos reciben dos pagas extraordinarias al año, una en junio y otra en diciembre.

2. ¿Qué conceptos se incluyen en la paga extra de los funcionarios?
Se incluye el sueldo base, los trienios (por antigüedad), el complemento de destino y parte del complemento específico. No se incluyen los complementos de productividad ni la totalidad del complemento específico.

3. ¿Cuánto se cobra de paga extra?
El importe varía según el grupo o subgrupo al que pertenece el funcionario. Por ejemplo, un funcionario del Grupo A1 puede recibir una paga extra de entre 1.800 y 2.400 euros, mientras que en los grupos C1 y C2 el importe oscila entre 900 y 1.600 euros.

4. ¿Cuándo se cobran las pagas extras de los funcionarios?
Se abonan en junio y diciembre. La paga de junio corresponde al periodo trabajado entre el 1 de diciembre y el 31 de mayo, y la de diciembre, entre el 1 de junio y el 30 de noviembre.

5. ¿Qué pasa si me incorporo después del inicio del periodo de devengo?
Si te incorporas a tu puesto de funcionario después del inicio del periodo de devengo (por ejemplo, en enero o julio), la paga extra será proporcional al tiempo trabajado.

6. ¿Cómo afectan los Presupuestos Generales del Estado (PGE) a las pagas extras?
Los Presupuestos Generales del Estado (PGE) determinan las retribuciones de los funcionarios para cada año, por lo que las pagas extras pueden incrementarse o mantenerse estables según lo dispuesto en los PGE.